Días de cortesía
En las inspecciones, puede solicitar unos días de vacaciones.

Si usted o su empresa son objeto de una inspección, sepa que tiene la posibilidad de solicitar uno o varios períodos “de cortesía” en los que la Inspección no pueda realizar actuaciones y en los que quedará suspendido el plazo para atender requerimientos (por ejemplo, en vacaciones).
En su conjunto, dichos períodos “de cortesía” no pueden exceder de 60 días naturales (que no tienen por qué ser consecutivos) a lo largo de todo el procedimiento inspector.
Eso sí: para ello, la solicitud de los días debe cumplir una serie de requisitos formales y efectuarse con siete días de antelación a la fecha en que empiece el período solicitado. Además, dichos períodos deben ser también de al menos siete días naturales, por lo que es posible solicitar hasta ocho períodos de cortesía.
Si en el transcurso de una inspección precisa unos días de vacaciones, indíquenoslo y nuestros profesionales le ayudarán a solicitar un período “de cortesía”.
-
Impuesto de Grandes Fortunas 2024
Durante el mes de julio debe presentarse el modelo 718.
-
Impuesto sobre Sociedades 2024: microempresas
Si su empresa factura menos de un millón de euros, tributa al 23%.
-
Facturación electrónica: novedades
Vea las nuevas obligaciones previstas en materia de facturación electrónica.
contenido exclusivo